Corte IDH declara responsable a Ecuador por violación de derechos de pueblos indígenas en aislamiento

To shared

THE LATIN VOX (16 de marzo del 2025).- Por Francisco Javier Valdiviezo Cruz.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) responsabilizó al Estado ecuatoriano por la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas tagaeri y taromenane, que viven en aislamiento voluntario en la Amazonía occidental de Ecuador. La sentencia, dada a conocer este jueves desde su sede en Costa Rica, marca un precedente histórico en la protección de comunidades indígenas no contactadas.

Violaciones de derechos y omisiones del Estado

El tribunal internacional determinó que Ecuador vulneró derechos fundamentales de estas comunidades, entre ellos la propiedad colectiva, la libre determinación, la vida digna, el acceso a salud, alimentación y vivienda, así como garantías judiciales.

Esta es la primera vez que la Corte IDH se pronuncia sobre los derechos específicos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y recalca la necesidad de que el principio de no contacto guíe cualquier acción estatal.

La Corte recordó que en 1999 el gobierno ecuatoriano estableció la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) para evitar la explotación de recursos en el territorio de estos pueblos. Sin embargo, hasta 2007 no se definieron sus límites, y actualmente existen numerosos pozos petroleros operando en zonas cercanas, lo que ha puesto en riesgo la intangibilidad del área.

Hechos violentos y fallos en la protección

El fallo también abordó tres ataques violentos ocurridos en 2003, 2006 y 2013, en los cuales comunidades indígenas en contacto o terceros agredieron a los pueblos en aislamiento. En el episodio más reciente, dos niñas fueron separadas de su comunidad y entregadas a una familia waorani en contacto inicial, lo que representó una grave violación a sus derechos.

Ante estas circunstancias, la Corte IDH ordenó al Estado ecuatoriano ampliar la Zona Intangible Tagaeri Taromenane y fortalecer su protección, garantizando el respeto a la vida y la autodeterminación de estos pueblos.

Implicaciones de la sentencia y respuesta de actores clave

El tribunal también instó a Ecuador a implementar medidas legislativas y administrativas para hacer efectiva la consulta popular del 20 de agosto de 2023, en la que se decidió mantener indefinidamente bajo tierra el petróleo del Bloque 43 en el Parque Nacional Yasuní, una de las zonas más biodiversas del mundo.

Asimismo, se dispuso la creación de una comisión técnica que evalúe el área de intangibilidad y garantice su adecuada protección. La Corte enfatizó que la propia sentencia constituye una forma de reparación para las comunidades afectadas.

Hasta el momento, la Presidencia de Ecuador no ha emitido una respuesta oficial sobre el fallo. Sin embargo, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) celebró la decisión como un avance histórico para la protección de los pueblos en aislamiento.

“¡Momento histórico para los pueblos indígenas en aislamiento! La @CorteIDH emite su sentencia en el caso tagaeri taromenane vs. Ecuador, una decisión clave para la defensa de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en el Yasuní y la región”, expresó la Conaie en su cuenta de X.

Por su parte, el colectivo ambientalista Yasunidos, que ha liderado la lucha contra la explotación petrolera en la zona, afirmó que la sentencia refuerza su causa. “Esta es una victoria fundamental para los pueblos indígenas en aislamiento y una razón más para exigir el cumplimiento de la consulta por el Yasuní. Solo podemos vivir en democracia si se respetan los derechos de todas y todos”, señalaron.

Con este fallo, la Corte IDH sienta un precedente trascendental en la defensa de los pueblos indígenas en aislamiento, enviando un mensaje claro sobre la responsabilidad de los Estados en su protección y el respeto a su derecho a vivir sin interferencias externas.

Crédito fotográfico: openDemocracy


To shared